SIETEÁLOGO
 
Sieteálogo

ARTÍCULO I: MIEMBROS

-Se deroga la actual designación de miembros y colaboradores: los anteriormente denominados miembros pasan a conocerse como miembros fundadores NERP y los anteriormente conocidos como colaboradores a denominarse miembros NERP.

-Perderá su condición de miembro, aquel que no asista a ninguna misión (cfr Art.II) en el periodo de un año. Por la presente, queda eliminado del organigrama NERP el gato Missy McFly (desconocido, y de dudosa realidad), pasando a la condición de “antiguo miembro fundador”.

-Por tanto, y bajo la nueva denominación, el comando NERP queda de la siguiente manera:

  • Miembros fundadores: Rammellow, Mahalanobis, Circo Marco (Multialias),
  • Miembros: Palike, Lapo, EnDer, Mikel (Error: cneoscape not found)

-Cuando se hable de miembros NERP,se entenderá indistintamente cualquiera de los anteriores (7), debiendo especificar miembros fundadores en caso de explícita mención.

-Todos aquellos que quieran pasar a formar parte del comando NERP, deberán comunicarlo mediante solemne acto público o escritura de libre distribución (foro) a los miembros NERP. Aquellos que mediante este sistema opten a la entrada al comando, serán denominados aspirantes NERP.

-La voluntad de los aspirantes debe ser conseguir un puesto de miembro. La consecución de esta categoría se ejercerá mediante la asistencia a un número no menor de 10 misiones (cfr Art.II) o la consecución de 10 estrellas (cfr Art III) en el periodo de un año. Tras ello, serán nombrados miembros NERP, de igual categoría que el resto de miembros.

 

ARTÍCULO II: MISIONES

-Se Considerará misión a aquella salida de la ciudad de carácter extraacadémico e índole no común, o aquella intraurbana que por su carácter de especial peligrosidad o riesgo merezca su mención. Para que una misión reciba tal condición, deben acudir un mínimo de tres miembros o dos miembros y un aspirante.

-Se distinguen tres tipos de misiones según su duración:

  • Misión larga (long edition): Aquella de duración superior a cinco días y lejanía superior a los 300 Km.
  • Misión (mission): Aquella de duración superior a 24 horas
  • Mini misión (bonus): Aquella de duración inferior a 24 horas o la intraurbana excepcional contemplada en II.1

-Se distinguen dos tipos de misión según el número de asistentes:

  • Misión numerosa (traditional edition): Aquella con un número de asistentes mayor o igual a 5, incluyendo miembros y aspirantes (cfr Art.I).
  • Misión normal (typical): Aquella a la que acudan como mínimo tres miembros o dos miembros y un aspirante.

-No se incluye en el ámbito de misiones la que no cumpla con alguno de los anteriores puntos: índole, duración o asistencia. Aquella salida a la que asistan menos de tres miembros o menos de dos miembros y un aspirante (dos miembros, o un miembro y un aspirante) será considerada a todos los efectos viajecito de amor (love trip), sea cual sea el género de los asistentes.

-Como excepción al punto anterior, no serán considerados viajecitos de amor, aquellas misiones que, con carácter excepcional, estén formadas por una comitiva de dos miembros y posean un alto grado de riesgo y dispersión. La otorgación de tal rango a una misión de este tipo, será por consenso, y a posteriori de la misma.

-Al efecto de la consecución de la categoría de miembros por los aspirantes, cuentan todas las misiones consideradas en este artículo. La designación de miembro entrará en efecto en la 11ª misión.

-Las estrellas (cfr Art.III) conseguidas por los miembros o los aspirantes en cada una de las misiones serán objeto de consenso al finalizar la misión, y no antes.

 

ARTICULO III: ESTRELLAS

-Las estrellas se obtienen por la realización de misiones exitosamente o no, dependiendo de la duración, riesgo y dificultad de las mismas. Éstas serán otorgadas al final de la misión y tras la calificación de ésta según el Art.II y las disposiciones del presente artículo.

-El número de estrellas y dónde fueron conseguidas deberá constar en la ficha virtual (cfr Art.IV), y serán objeto de ranking. Subir puestos en el ranking deberá ser causa de regocijo, así como el estancamiento un síntoma de baja actividad.

-Aquel miembro que permaneciere 3 meses in participación alguna en el comando, pasará al estado de inactivo. Un miembro que estando inactivo participa en una misión, pasa a estado activo.

-Atendiendo a las disposiciones del Art.II, las misiones se clasifican en tres grados, significados por el número de estrellas que proporciona la consecución de la misión, siendo mejor cuantas mas estrellas le sean conferidas.

  • Primer grado: 3 estrellas
  • Segundo grado: 2 estrellas
  • Tercer grado: 1 estrella

-Serán misiones de primer grado (3 estrellas): misiones largas, y misiones numerosas (cfr Art.II). Podrán ser excepcionalmente de primer grado las misiones de riesgo especial, que por sus características de duración o distancia pertenecieran al segundo grado.

-Serán misiones de segundo grado (2 estrellas): las misiones normales, de duración superior a un día, y asistencia estándar. Podrán ser excepcionalmente misiones de segundo grado aquellas que por su naturaleza debieran pertenecer al primer grado, pero que por consenso, son consideradas de grado superior debido a su carácter especial.

-Serán misiones de tercer grado (1 estrella): las mini misiones, y el resto de misiones no calificadas y contempladas en el Art.II.

 

ARTÍCULO IV: ACREDITACIONES

-Cada miembro y aspirante NERP poseerá un carné de miembro o aspirante. Este constará de una tarjeta física acreditativa, para posibles requerencias burocráticas, y de una ficha virtual, depositada en la página del comando.

-En la tarjeta física (acreditación NERP) constará el nombre real del miembro o aspirante, por cuestiones de proliferación y cambio de alias, junto el logo NERP. Por dificultades logísticas no constarán las estrellas acumuladas hasta el momento, de no ser que se dé con una solución de fácil uso y actualización.

-En la ficha virtual de miembro o aspirante, además de lo anterior, se contabilizarán las estrellas conseguidas (cfr Art.III), junto con la misión en las que se obtuvo. Está ficha será de fácil actualización e incluirá un ranking para comprobar el nivel de actividad de cada miembro, así como los avances de los aspirantes

-La acumulación de alias por un miembro o aspirante, será síntoma de valor y privilegio, así como los adjetivos (dispuestos delante del nombre), que constarán en la ficha virtual. A un miembro se lo podrá conocer por cualquiera de sus alias indistintamente.

 

ARTÍCULO V: PAGINA NERP

-Todos los miembros y aspirantes deben favorecer activamente el crecimiento de la página, mediante el aporte de datos y el respeto mutuo.

-La página constará de: foro, fichas de los miembros, archivo de imágenes, recopilación de reseñas, tablones, etc. El uso de cada uno de ellos debe ser el propio, y conforme a la propia mecánica de cada uno de ellos.

-La página está dedicada a los asuntos NERP. Quedan fuera de ella, cuestiones que no tengan que ver con las misiones o temas de incumbencia del resto de los miembros, sobre todo en la sección de fotos.

-El comando y todos sus miembros harán lo posible para la creación de la futura página NERP. La página actual continuará activa hasta su futura creación.

 

ARTÍCULO VI: SIMBOLOGÍA

-Se establece que el símbolo del comando NERP es la estrella de cinco puntas y las letras NERP. La concreción del logotipo, para su uso uniformizado, será objeto de concurso de libre concurrencia. En caso contrario, se tomara el actual logo, sin el emblema de la resistance.

-El símbolo del comando, será protagonista en los distintos enseres y utensilios NERP, y será utilizado en las distintas misiones tras su consecución o en plena realización. El símbolo deberá ser objeto de orgullo y promoción de la causa

-Los distintos objetos NERP serán múltiples, y podrán ser incluidos todos los que surjan. Se incluyen dentro de ellos:

  • Camisetas: antiguo proyecto, aplazado en múltiples ocasiones. Diseño a dilucidar. Contarán con el símbolo NERP, y posibilidad de añadir nombres.
  • Identificadores portátiles: léase pegatinas, u otros objetos versátiles y acomodables a multitud situaciones
  • Bandera NERP: confeccionada en tela, y de alta durabilidad, destinada a ser mostrada para la foto en el momento culminante de la misión.

-Se considera en este apartado, el carné NERP de miembro (cfr Art.IV), principal identificativo y seña de identidad.

-La realización de los distintos enseres, será trabajo de los miembros del comando. La sufragación de los gastos, asimismo, será también objeto de consenso.

 

ARTÍCULO VII: LEGITIMACIÓN

-Se establece que tras el consenso de la mayoría absoluta (4 votos de 7), y las respectivas rectificaciones de los 7 artículos del presente documento, el día de 1 de enero de 2005 entrarán en vigor los citados, con carácter irreversible, salvo moción de censura establecida por la mayoría.

-Tras la asunción de cada uno de los artículos por el comando NERP, se acatarán sus especificaciones, y se pondrá en marcha lo necesario para cumplirlas, en especial lo referente a los artículos IV, V y VI, mediante los distintos tipos de licitación.

-El concepto de la resistance, se dará por zanjado tras la aprobación de los artículos, retornando en todos los aspectos nominales al título del comando NERP.

-Debido a que la realización de la página y las simbologías puede alargarse bastante en el tiempo, se establece la fecha anteriormente fijada para el recuento de estrellas (de manera oficiosa) (cfr Art.III), hasta el establecimiento de las fichas oficiales de recuento (cfr Arts.IV y V).